LA REPRESIÓN

CUERPOS REPRESIVOS, POLICIA 

Desde el comienzo de la Segunda Intifada en septiembre de 2000, las fuerzas  israelíes han matado y heridos a miles de personas en Palestina. Sólo durante las llamadas Marchas del Retorno en Gaza en 2018-2019,  manifestaciones pacíficas de civiles desarmados, al menos 312 personas  fueron asesinadas, incluidos médicos, periodistas, discapacitados y al menos  59 menores. Aproximadamente 29.000 manifestantes resultaron heridos gran  parte de estos con amputaciones. 

El empleo de métodos de tortura durante los interrogatorios a personas  detenidas palestinas se ha generalizado entre las fuerzas militares y de  seguridad israelíes. De hecho, en 1996 la Corte Suprema de Justicia de Israel  legitimó los interrogatorios coercitivos y dictaminó que sólo el ser esposado  con dolor podía considerarse un acto de tortura. 

Un 85% de los detenidos sufren torturas y malos tratos. Las mujeres también  son sometidas a amenazas y abusos durante las detenciones, como medidas  de presión para su familia. 

Los métodos de tortura más comunes son: privación del sueño, denegación de  atención médica, música ruidosa, palizas, descargas eléctricas, violaciones  sexuales, vejaciones, estiramiento de extremidades, privación de comida, agua  o el uso del baño, presiones psicológicas, introducción de la cabeza de la  persona detenida en sacos con orina o excrementos, prolongada exposición a  luces brillantes, al sol, al frío o a la lluvia. 

La práctica sistemática de torturas por parte de las fuerzas militares israelíes vulnera la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Castigos Crueles, Inhumanos o Degradantes de 1984 en todas sus disposiciones. Asimismo viola  el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la III Convención de  Viena de 1949, varios artículos de la Cuarta Convención de Génova, así como  de la Cuarta Convención de Ginebra y otras muchas leyes internacionales como 

la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 5, “nadie será  sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. Incluso la Sección 277 de la Ley Penal israelí de 1977 prohíbe la tortura e  incluye sanciones penales por su práctica.